Incoterm CIF, o Coste, Seguro y Flete: condiciones de entrega

Autor
Joanna Sikorska
06.02.2023
8 min de lectura
Incoterm CIF, o Coste, Seguro y Flete: condiciones de entrega
Resumen
Índice
  • Los Incoterms son términos que facilitan el comercio en todo el mundo.
  • Según la norma CIF (Cost, Insurance and Freight), el coste de la entrega corre a cargo del vendedor, que también debe pagar el seguro.
  • El riesgo ya se transfiere al comprador cuando la mercancía se carga en el buque en el puerto de origen.

 

 

Los Incoterms definen los términos del comercio internacional, informando de la asignación de costes y responsabilidades entre comprador y vendedor. Una de las normas más antiguas es la CIF. ¿Quiere saber más? Siga leyendo.

¿Qué son los Incoterms?

El nombre Incoterms procede de International Commercial Terms. Son condiciones comerciales internacionales establecidas por la Cámara de Comercio Internacional y destinadas a facilitar el comercio en todo el mundo estableciendo la asignación de costes y responsabilidades entre comprador y vendedor. Se actualizan continuamente, y la versión actual está fijada en 2020. Los Incoterms se dividen en los grupos C, D, E, F.

Incoterms CFI: ¿qué significa?

Incoterms CIF pertenece al grupo C y su nombre deriva del inglés Cost, Insurance and Freight. Sólo se aplica a las mercancías enviadas por vía marítima y fluvial. La regla CIF establece que el vendedor paga los costes de seguro y flete durante el tránsito, mientras que una vez entregada la carga en el puerto de destino, el comprador asume la responsabilidad de los costes y todas las obligaciones.

Regla CFI: condiciones de entrega

Regla CFI: condiciones de entrega

Según la regla CIF, el vendedor se encarga de entregar la mercancía en el puerto de salida y de asegurarla. El comprador, por su parte, asume los aranceles y los costes una vez entregada la mercancía en el puerto de origen. Además, una vez enviada la mercancía, el riesgo se transfiere al comprador.

Reparto de gastos

El vendedor correrá con los gastos de:

  • entrega de la mercancía al buque en el puerto de origen,
  • preparar y enviar la factura comercial,
  • obtención de la licencia de exportación,
  • celebración del contrato de transporte de las mercancías hasta el puerto de destino,
  • seguro,
  • envasado y etiquetado,
  • notificar al comprador, por ejemplo, la llegada de la mercancía al puerto de salida,
  • control de calidad de las mercancías.

El comprador, por su parte, tiene que hacer frente a los costes de:

  • notificando al vendedor la fecha y el lugar de entrega requeridos,
  • obtención de una licencia de importación,
  • inspección de la mercancía previa al envío,
  • impuestos y derechos, relacionados con el tránsito y la importación,
  • cualquier gasto no cubierto por el contrato o que no sea flete, pero esté relacionado con la mercancía durante el transporte desde el puerto de origen.

División de obligaciones

El vendedor es responsable de: celebrar el contrato de transporte de la mercancía, pagar el flete, cargar la mercancía en el buque, celebrar el contrato de seguro y entregarla al comprador y despachar la exportación.

El comprador, por su parte, es responsable de: informar al vendedor del puerto designado y de la fecha de entrega; pagar los gastos de obtención del certificado de origen, los documentos consulares y los derechos de importación; organizar el despacho de importación.

Momento de la transferencia del riesgo

El riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía se carga en el buque. Si se produce alguna situación en la que haya que reclamar, la responsabilidad recae en el comprador: debe presentar su reclamación a la compañía de seguros del vendedor.

Formas de transporte

Las normas CIF sólo se aplican al transporte de mercancías por vía marítima o fluvial. No se utilizan para el transporte combinado, es decir, para utilizar más de un medio de transporte.

¿Qué tener en cuenta al elegir Incoterm CIF?

Es importante recordar que el Incoterm CIF sólo se aplica a las mercancías enviadas por vía marítima o fluvial. Merece la pena elegir esta norma cuando el comprador no quiere ocuparse de los gastos de transporte o seguro. No obstante, el vendedor debe tener en cuenta que, en ese caso, es él quien corre con los gastos de transporte, pero la responsabilidad de todos los riesgos recae en el comprador.

CIF frente a otras normas

La norma CIF se compara a menudo con la norma CFR, ya que son muy similares. En realidad, la única diferencia es que, según las normas de la regla CIF, el vendedor está obligado a asegurar la mercancía en beneficio del comprador.

La norma FOB (franco a bordo) también puede aplicarse al transporte de mercancías por vía navegable. La principal diferencia entre ambos es que con un contrato CIF, el vendedor es responsable de la mercancía durante el tránsito, mientras que con FOB, el comprador es responsable de la mercancía durante el tránsito.

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Las normas Incoterms pueden parecer complicadas al principio, pero trabajar con Foodcom S.A. agilizará considerablemente todo el proceso comercial. Nuestro equipo de ventas elige el mejor modo de transporte, consultando con especialistas experimentados de nuestro departamento de logística. La cooperación con nuestro departamento de apoyo a las ventas garantiza que la transacción se realizará en condiciones óptimas y que se cumplirán las expectativas de los socios comerciales. En Foodcom S.A., somos capaces de gestionar incluso las transacciones más exigentes de forma exhaustiva y todo el proceso se desarrolla sin problemas y según lo previsto.

 

 

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